Matrimonio VII Drecho Civil 3. Matrimonios Ilegales. DER.
Categoria:
Derecho
En sentido amplio, son los m. contraídos con algún impedimento dirimente no dispensable y los prohibidos especialmente por la ley. En sentido jurídico-penal, m. ilegales sólo son los primeros, ya que los especialmente prohibidos por la ley no producen consecuencias penales, sino sólo civiles, previéndose sanción penal únicamente para el juez que los autorizare. Están recogidos como delito en las legislaciones de casi todos los países. La incriminación se justifica porque se trata de conductas que atentan contra valores fundamentales de la vida comunitaria (estado civil, familia, etc.). Por su naturaleza pluriobjetiva varía su encuadramiento sistemático en la legislación comparada, situándolos unos Códigos entre los delitos contra la familia (CP italiano, griego, suizo), otros entre los que atentan contra el estado civil de las personas (CP argentino, alemán) y otros entre las infracciones contra las buenas costumbres (CP francés). El CP español los tipifica entre los delitos contra el estado civilde las personas (Lib. II, tít. XI), en el cap. II titulado De la celebración de matrimonios ilegalesEste capítulo, después de la Ley 24 abr. 1958, que introdujo en el CP, en relación con esta materia, modificaciones obligadas por el Concordato con la Santa Sede, ha quedado reducido a los tipos siguientes: a) delito de bigamia, que lo realiza quien contrajere segundo o ulterior m. sin hallarse legítimamente disuelto eJ anterior (art. 471; b) matrimonio ilegal en sentido estricto, delito que realiza quien, con algún impedimento dirimente no dispensable, contrajere m. (art. 472); c) autorización de matrimonios ilegales, figura en la que es subsumible la conducta del juez que autorizare m. prohibido por la ley o para el cual haya algún impedimento conocido o denunciado en el expediente (art. 478). A efectos de pena, y en lo que respecta al último delito se distingue entre que el impedimento sea no dispensable o dispensable
J. A. SAINZ CANTERO
BIBL.: C. CONDE-PUMPIDO, Estudio crítico de la reforma de 24 de abril de 1958 en materia de matrimonios ilegales, "Anuario de Derecho Penal", 1959; A. FERRER SAMA, Noción y características del delito de bigamia, "Anuario de Derecho Penal", 1948
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