García Goyena y Ororbia, Florencio Francisco
Categoria:
Biografía GER
Jurista español. N. en Tafalla (Navarra) el 27 oct 1783. Cursó el bachillerato en los Escolapios de Zaragoza y Derecho en Salamanca. Desempeñó, con brillantez, una cátedra de Digesto. En 1816 fue nombrado síndico consultor -letrado cuya principal función era preparar prueba de cualquier violencia, opresión o molestia que los navarros sufrieran por abusos del poder, para plantear el contrafuero- del reino de Navarra. Liberal moderado, durante el bienio constitucional fue jefe político (gobernador civil) en comisión en León y Zaragoza. Al sobrevenir la reacción absolutista, fue separado de su cargo y vivió, ejerciendo la abogacía con prestigio, en Tarragona y Barcelona. En esta ciudad le persiguió el Conde de España y tuvo que emigrar, volviendo a la patria en 1834. Fue fiscal de Burgos y de Madrid; regente de la Audiencia de Valencia y ministro del Trib. Supremo, cargo que abandonó en 1840, porque la revolución iba demasiado lejos. Reingresó en 1843 y llegó a presidente de Sala. En el Ministerio de Pacheco -28 mar. 1847 a 12 sept. 1847- fue ministro de Gracia y Justicia, sustituyendo a Rodríguez Bahamonde. Al caer Pacheco, el ministro de Hacienda, marqués de Salamanca, continuó en el Gobierno, asumiendo provisionalmente la Presidencia. Mientras, apremió a G. para que aceptara dicha Presidencia del Consejo. No obteniendo su anuencia, Salamanca hizo que la propia reina se la pidiera, como señalado servicio al Tronó. La reina agradeció la aceptación diciendo: "No lo olvidaré nunca". El 12 sept. 1847 formó G. el Ministerio, en cuyo seno surgió inmediata discrepancia sobre la conveniencia de reunir o disolver las Cortes y, en tal estado, sin transcurrir un mes, el 4 de octubre siguiente, la reina encargó a Narváez formar nuevo gobierno. Y Narváez lo exoneró. G., con dignidad, recordó al general que había aceptado el cargo por obediencia a la reina y no era acreedor a esa humillación. Narváez accedió a que su gobierno apareciera como dimisionario y no como exonerado.El primero de estos gabinetes devolvió sus bienes a Manuel Godoy y le nombró senador. El segundo fue una conciliación entre progresistas, moderados y puritanos. Amnistió a los presos políticos, entre ellos a Espartero, a quien nombró senador. Prohibió a la prensa comentar las desavenencias del matrimonio real. Al cesar, contestó, en el Senado, a un ataque de la prensa: "Si alguien sabe que, en mi larga carrera civil, he percibido un maravedí más que los sueldos de mis destinos o un regalo, por valor de una minza de cebolla, que lo publique y voy a poner mi cabeza en manos del verdugo".Fue el alma de la Comisión que redactó el proyecto de Código Civil que, si no llegó a ser ley, constituye la base y fundamento del vigente. G. es el hombre de la codificación civil española. Su obra clásica, Concordancias, Motivos y Comentarios del Código Civil Español, es una exégesis de su proyecto de código. Es, además, autor de Prolegómenos de Derecho Romano, Código Penal comparado y de diversos trabajos de la enciclopedia Febrero Reformado. M. en Madrid el 3 jun. 1855. Su prestigio intelectual sólo fue igualado por su sentido del deber y amor a la justicia, que le dieron fama de integérrimo. Jamás entró en el juego del intercambio de favores; por eso se ufanaba de "no tener más condecoraciones ni más cruces que las de cristiano y de casado".V. t.: CÓDIGOS LEGALES I y III.JAVIER MARTINENA.
BIBL.: V. la de CÓDIGOS LEGALES III.
Guarda este contenido en tu perfil
Inicia sesión o crea tu cuenta para guardarlo.