Cardenal
Dignatario de la Iglesia romana y consejero del Papa.
Originalmente el término "cardenal" (cardinalis) se refería a cualquier sacerdote vinculado permanentemente a una iglesia, a cualquier clérigo, ya "intitulatus", ya "incardinatus" (intitulado o incardinado). [C. 3 (Gelasio I, 492-496), D. XXIV. C 35 (Gregorio I, 595), D. LXXXI. C. 6 (Gregorio I, 603), D. LXXIV. C. 42 (Gregorio I, 592), C. VIII, q. 1.]. Luego se convirtió el término usual para indicar a todo sacerdote que perteniese a una iglesia catedral, como un cardo (gozne, eje sobre el que algo gira, en latín) lesiástico. Cf. Hincmar de Reims, "De jure metropolitani", c. 20 (Op. ed. Sirmond, II, 731); C. 2, #6 (Pseudo-Isidore), D. XXII. Finalmente, llegó a ser equivalente a principal, excelente, superior, y es en ese sentido que lo usa san Agustín (De baptismo, I, 6; ed. Bened. IX, 56).
El origen, desarrollo y transformaciones de ese oficio serán tratados del siguiente modo:
I. Cardenales presbíteros;
II. Cardenales diáconos;
III. Cardenales obispos;
IV. Diócesis cardenalicias, títulos y diaconías;
V. Relaciones de los cardenales y obispos;
VI. Relaciones de los cardenales y el Papa;
VII. Nombramiento de los cardenales;
VIII. Deberes de los cardenales;
IX. Derechos de los cardenales;
X. El Colegio Cardenalicio.
I. CARDENALES PRESBÍTEROS.
Hasta ya entrada la Edad Media el título de cardenal se otorgaba a sacerdotes prominentes de iglesias importantes, v.gr. Constantinopla, Ravena, Nápoles, Siena, Trier, Magdeburgo y Colonia (cf. G. Phillips, Kirchenrht, Ratisbona, 1845 ss., VI, 41 ss.; P. Hinschius, "Das Kirchenrht der Katholiken und Protestanten in Deutschland", Berlin, 1869, I, 318 ss.).Siguiendo esta tradición encontramosel término cardenal aplicado en Roma, a partir del fin del siglo V, a los sacerdotes permanentemente vinculados a los (veinticuatro o veintiocho) títulos romanos, o cuasi parroquias (cuasi diócesis), pertenientes a la iglesia del obispo de Roma, el Papa- o sea, a la iglesia "cardo" por excelencia- en las que se administraban los sacramentos del bautismo y la penitencia, y que fruentemente se conocían como "tituli cardinales". El "Liber Pontificalis" describe de la siguiente manera el sistema cuasi parroquial de la antigua Roma: "Hic [Euaristus, 99-107?] titulos in urbe Roma divisit presbyteris ...", y luego: "Hic [Dionysius, 259-268] presbyteris clesias dedit et cymeteria et paroccias diocesis constituit". Y en otra parte: "[Marcellus, 308-309] XXV titulos in urbe Româ constituit quasi diocesis propter baptismum et pœnitentiam multorum qui convertebantur ex paganis et propter sepulturas martyrum" (op cit., ed. Duchesne, Paris, 1886, I, 126, 157, 164).
En otras palabras, se atribuye a los papas de los siglos II y III la división lesiástica de la ciudad con motivos pastorales. Tal división, poco posible en tiempos de la persución, más bien queda atestiguada hacia fines del sigo V por las firmas de los presbíteros romanos presentes en el Concilio de Roma, en 499, en el pontificado de Símaco (cf. A. Thiel, Epistolæ Romanorum Pontificum genuinæ, Brunsberg, 1868, 651 ss.). Desde entonces esos presbíteros fueron conocidos como cardenales [C. 5. (Constitutum apocryphum Silvestri I, cerca del fin del siglo V. c. 7), D. XCIII, C. 2 (Concilium apocryphum Silvestri I, cerca del fin del siglo V), C. II, q. 4; C. 3, 4, 5 (Sínodo de Roma, bajo el Papa Esteban III, 760), D. LXXXIX; Carta de León IX (1053) a Miguel Cærulario en Jaffé, "Regesta Pontificum Romanorum", 2ª. ed. (Leipzig, 1885), no. 4302].
Sin embargo, no todos los sacerdotes de las parroquias titulares eran ronocidos como cardenales. Atendiendo al uso que entonces se daba a "cardenal", o sea, equivalente a "principal" (ver más arriba), únicamente los primeros sacerdotes de cada iglesia- o sea el arcipreste, era llamado con ese nombre. Según la constitución de Juan VIII, publicado entre 873 y 882, esos cardenales (presbiteri cardinales) eran los supervisores de la disciplina lesiástica de Roma, así como jues eclesiásticos. En la constitución "De iure cardinalium" se lee: "Itemque ex nostrâ præsenti constitutione his in mense vel eo amplius vel apud illum vel illum titulum sive apud illam vel illam diaconiam sive apud alias quasilibet clesias vos convenire mandamus, et ob vestram et inferiorum clericorum vitam et mores et qualitates et habitus vestium perscrutandum et qualiter quilibet præpositi se erga subditos habeant vel quod subditi suis præpositis non obediant et ad quæque illicita amputanda, clericorum quoque et laicorum querimonias, quæ ad nostrum judicium pertinent, quantum fieri potest definiendas, quippe cum sicut nostram mansuetudinem Moysi, ita et vestram paternitatem LXX seniorum, qui sub eodem causarum negotia diiudicabant, vicissitudinem gerere, certum habeamus. Item monasteria abbatibus viduata et abbatum nostra præcedente conscientia substitutionem his, qui sunt inter vel fuerint monasticæ professionis, disponenda comittimus" (Jaffé, op. cit., no. 3366). En otras palabras, el Papa les manda reunirse por lo menos dos ves cada mes, en la iglesia propia o en otra, para analizar sus vidas y las del clero, las relaciones entre superiores e inferiores y, en general, cualquier violación a la ley. También para arreglar en la corte papal, hasta donde era posible, los conflictos entre clérigos y laicos. El Papa, dice, es como Moisés en cuanto a humildad al gobernar, mientras que la administración de los cardenales ruerda el carácter paternal de los setenta ancianos que juzgaban bajo el control del patriarca. El Papa les confía también la administración de las abadías vacantes y el ocupar los oficios sabáticos vacantes, pero nunca sin su consentimiento.
Además, en virtud de una disión papal tan antigua como el reinado del Papa Simplicio (468-483), los cardenales presbíteros debían presidir los servicios divinos en las tres principales iglesias cementerios (San Pedro, San Pablo y San Lorenzo), y posteriormente en las mismas iglesias que habían side elevadas al rango de patriarcales (con Santa María la Mayor). A cada una de esas cuatro iglesias se le asignaron siete cardenales, con lo que sumaban veintiocho. Esto es lo que significa el "Liber Pontificalis" al dir (ed Duchesne, I, 249 ss.): "Hic [Simplicius] constituit ad sanctum Petrum apostolum et ad sanctum Laurentium martyrem ebdomadias, ut presbyteri manerent, propter penitentes et baptismum: regio III ad sanctum Laurentium, regio prima ad sanctum Paulum, regio VI vel septima ad sanctum Petrum" (cf. Duchesne, "Les tîtres presbytéraux et les diacones", en "Mélanges d’archæol. et d’hist.", VII, 17 ss.; J. Zettinger, "Die ältesten Nachrichten über Baptisterien der Stadt Rom", en "Römische Quartalschrift", XIX, 326 ss.).
En el siglo XII tenemos una afirmación de Johannes Diaconus, en el capítulo diesiséis de su obra "De clesia Lateranensi" (ed. J. Mabillon, en "Museum Italicum", Paris, 1724, II, 574): "Cardinales Sanctæ Mariæ Maioris sunt ii: SS. Apostolorum, S. Cyriaci in Thermas, S. Eusebii, S. Pudentianæ, S. Vitalis, SS. Marcellini et Petri, S. Clementis. Cardinales Sancti Petri sunt ii: S. Mariæ Transtiberim, S. Chrysogoni, S. Cæciliæ, S. Anastasiæ, S. Laurentii in Damaso, S. Marci, SS. Martini et Silvestri. Cardinales Sancti Pauli sunt ii: S. Sabinæ, S. Priscæ, S. Balbinæ, S. Balbinæ SS. Nerei et Achillei, S. Sixti, S. Marcelli, S. Susannæ. Cardinales Sancti Laurentii sunt ii: S. Praxedis, S. Petri ad Vincula, S. Laurentii in Lucina, S. Crucis in Jerusalem, S. Stephani in Cæliomonte, SS. Joannis et Pauli, SS. Quattuor Coronatorum". El más anciano de estos cardenales presbíteros actuaba como su dano y se le conocía como archipresbítero (arcipreste), convertido en el principal e inmediato asistente del Papa en todas las celebraciones eclesiásticas. Ya para el siglo XII se le conocía como "prior cardinalium presbyterorum"
II. CARDENALES-DIACONOS
Además del clero asignado a cada iglesia romana había en la ciudad un clérigo "regionario", casi igual en antigüedad, que se llamaba así a causa de sus relaciones con las regiones eclesiásticas o barrios en los que se había dividido previamente la Roma cristiana, siguiendo el modelo de las regiones municipales. La ciudad se había dividido en siete regiones para el cuidado de los pobres, y cada una estaba al cuidado de un diácono. El "Liber Pontificalis" ubica esa división en siete regiones en la época de Clemente I, y afirma que fueron los papas Evaristo y Fabián quienes las encargaron a los diáconos. De Clemente I dice: "Hic fit VII regiones, dividit notariis fidelibus clesiæ, qui gestas martyrum sollicite et curiose, unusquisque per regionem suam, diligenter perquireret" (ed. Duchesne, I, 123), o sea, que él dividió la ciudad en siete regiones, y se las encargó al mismo número de notarios fieles de la Iglesia, con la obligación de ropilar diligentemente en cada región las actas de los mártires. De Evaristo (99-107?): "Hic titulos in urbe Româ dividit presbyteris et VII diaconos ordinavit qui custodirent episcopum prædicantem, propter stilum veritatis"(op. cit., I, 126), lo que significa que dividió entre los sacerdotes los "títulos" de la ciudad de Roma, y ordenó a siete diáconos para que fueran testigos de la predicación del obispo. Es mucho más confiable la afirmación de la vida de Fabián (236-250): "Hic regiones dividit diaconibus et fit VII subdiaconos, qui VII notariis immiterent, ut gestas martyrum in integro fideliter colligerent, et multas fabricas per cymeteria fieri præcipit" (op. cit., I, 148). Eso quiere dir que él dividió las "regiones" entre los diáconos y creó siete subdiáconos, a los que colocó sobre los notarios, de modo que éstos pudieran ropilar fielmente los hhos de los mártires. También ordenó que se construyeran muchos edificios en los cementerios. Fue de ese modo que en cada una de las regiones surgió un edificio (diaconia), cercano a alguna iglesia, en la que se acogía a los pobres. Estos diáconos regionales debían suscribir las actas de los sínodos romanos y otros documentos en su carácter de "diaconi clesiae romanae", diáconos de la Iglesia de Roma, a la que a ves se agregaba su propia región. Con ello dejaban en claro el carácter permanente de sus relaciones con la Iglesia del Obispo de Roma, y su obligación de asistirlo en las funciones litúrgicas. Fue por tanto natural que el término "cardenal" también llegara pronto a ser aplicado a los diáconos regionales (diaconi cardinales), sumándolos así a los ya mencionados 28 sacerdotes que formaban el círculo inmediato del Papa en las funciones eclesiásticas.
La división lesiástica de las siete regiones de Roma desaparió en la Edad Media, a causa de las modificaciones de la topografía romana. Como consuencia, los "diaconi cardinales" gradualmente dejaron de llevar los nombres de sus regiones. De éstas, únicamente conocemos su número, siete, consagrado por su antigüedad y su dignidad. A lo largo del tiempo, otras instituciones caritativas tomaron el lugar de las antiguas diaconías. Para fines del siglo VI, Gregorio Magno tenía diiocho diáconos. Durante el pontificado de Benedicto II (684-685) encontramos las "diaconiae" de monasterios. Adrián I (772-795) fijó en diiocho el número de las iglesias diaconales, y ese número no se modificó hasta el siglo XVI. Como resultado de ello, el número de cardenales diáconos quedó permanentemente fijo en diiocho desde fines del siglo XI hasta el siglo XII. La razón principal del incremento de ese número fue la adición de seis diáconos palatinos y su archidiácono (conocido en la legislación actual de la Iglesia como "protodiácono", N.T.), funcionarios eclesiásticos cuya obligación era turnarse para auxiliar durante la semana en la Misa papal ("Liber Pontificalis", I, 3647, 50470, 509110, y II, 1874, 2527; Duchesne, "Les régions de Rome au moyen-âge", en "Mélanges d’archéologie et d’hist.", X, 144). El arriba mencionado Johannes Diaconus describe del siguiente modo la manera como los diiocho cardenales diáconos ayudaban en la misa papal: "In quibusdam vero dominicis et festivis diebus sanctorumque præcipue sollemnitatibus quandoque sacerdos est regalis et imperialis episcopus, immo patriarcha; et idem apostolicus in supradicto sacratissimo altare Salvatoris huius Lateranensis basilicæ missam debet celebrare; et quando celebrat dominus papa sancti Petri vicarius ... debet etiam ibi præsens esse archidiaconus cum sex diaconibus palatinis, qui in palatio legere debent evangelium et in basilicâ Lateranensi et alii duodim diacones regionarii, qui solent evangelium legere in stationibus clesiarum Romæ constitutis. Isti dem et octo diaconi totidem clesias habent infra muros civitatis. Et tamen omnes sunt canonici patriarchalis basilicæ Lateranensis" ("De clesiâ Lateranensi", C. VIII, in "Museum Italicum", II, 567), o sea, en ciertas solemnidades los obispos de rango superior celebran misa en el altar de la Basílica Laterana. Cuando el Papa celebra debían estar presentes, con el archidiácono, los seis diáconos palatinos, cuyo deber era leer el Evangelio en el palacio [papal] y en la basílica laterana, y también los doce diáconos regionarios (diácones regionarii), quienes debían leer el Evangelio en la iglesias estacionales de Roma. Estos diiocho diáconos tenían una iglesia de Roma cada uno. Pero también eran, añade Johannes Diaconus, canónigos de la Basílica Laterana. El líder de los cardenales diáconos era el archidiácono, también conocido como "prior diaconorum cardinalium". En su calidad de supervisor de la disciplina lesiástica en la ciudad, y responsable de las finanzas papales, él era, después del Papa, la persona más importante de la Iglesia romana en la temprana Edad Media.
Habida cuenta que, según lo dicho, el nombre de "cardenal" estaba vinculado con la participación y la cooperación en la Misa papal, o en las ceremonias eclesiásticas de las principales iglesias papales de Roma, no es de sorprender que, por analogía, incluso otros eclesiásticos romanos participantes en dichas ceremonias, inferiores en rango a los diáconos, llegaron a ostentar el título de cardenal. Se menciona fruentemente a los cardenales subdiáconos, y hasta llegan a hacer aparición algunos cardenales acólitos. En los "Commentarius eltionis Gregorii VII" se relata que los eltores eran "Romanæ clesiæ cardinales clerici, acoliti, subdiaconi, diaconi, presbyteri" (Jaffé, Bibliotha Rer. Germ., Beríin, 1864, II, 9 ss.).
III: CARDENALES OBISPOS
En el transcurso de los años y entre más se afianzaba la jefatura papal de la Iglesia, más se incrementaba también el volúmen de asuntos temporales y eclesiásticos en Roma. Como consuencia, los papas invitaron a algunos obispos vinos para que los representaran en ciertas funciones episcopales y a ayudarlos con sus consejos. También comenzaron a observar la ampliamente difundida costumbre medieval de atender los asuntos más importantes en reuniones sinodales. El "Liber Pontificalis" dice de Esteban III (768-772): "Erat enim hisdem præfatus beatissimus præsul clesiæ traditionis observator. Hic statuit ut omni dominico die a septem episcopis cardinalibus ebdomadariis, qui in clesiâ Salvatoris observant, missarum sollemnia super altare beati Petri celebraretur et Gloria in excelsis Deo diceretur" (I, 478). O sea, el Papa, guardián diligente de la tradición, ordenó que cada misa solemne dominical debería ser celebrada sobre el altar de San Pedro, en la Basílica Laterana, por uno de los siete cardenales obispos en una ceremonia semanal, en la que se debía entonar el "Gloria in Excelsis". Esta afirmación da por sentado que para el fin del siglo VIII la misa semanal de los cardenales obispos era ya una costumbre establida. Por todo lo dicho se entiende bien que estos obispos también ribían el nombre de cardenales obispos. Aunque el número de cardenales obispos siempre ha sido de siete, sus sedes particulares no han gozado de la misma inmobilidad (El número ha variado desde entonces. E incluso se ha incluido en ese orden a los patriarcas orientales. Cfr. por ejemplo, "Ad purpuratorum patrum", de Pablo VI, 1965, N.T.). Encontramos en la corte papal no sólo a los obispos de Ostia, Porto, Albano, Praeneste y Silva Candida, sino también a los obispos de Velletri, Gabii, Tivoli, Anagni, Nepi y Segni (Phillips, Kirchenrht, VI, 178 sqq.; Hinschius, Kirchenrht, I, 324 ss.). No fue sino hasta el inicio del siglo XII que las diócesis cardenalicias fueron finalmente fijadas en las siete inmediatamente vinas a Roma, y por lo mismo, suburbicarias: Ostia, Porto, Santa Rufina Silva Candida), Albano, Sabina, Tusculum (Frascati), Praeneste (Palestrina). (Cf. Johannes Diaconus, "De cl. Later.", c. xvi, ed. Mabillon,ein "Museum Ital.", II, 574; L. Duchesne, "Le sedi episcopali nell’ antico ducato di Roma", 1892, 6 ss.).En el siglo XII disminuyó en una el número de sedes cardenalicias, cuando Calixto II unificó Santa Rufina (Silva Candida) con Porto, de modo que únicamente permanieron seis. Por tanto, los cardenales de la Edad Media debían haber sido 53 ó 54. Sin embargo, como regla general, siempre había menos que ese número. En el siglo XIII ese número incluso llegó a disminuir considerablemente. En el pontificado de Alejandro IV (1254-1261) sólo había siete cardenales. El número se incrementó durante el Cisma de Occidente, pues cada uno de los contendientes creó su propio colegio de cardenales. El Concilio de Constancia pidió que se fijara el número en 24 (Martin V, en su Dreto de Reforma, 1418, C. 1 "De numero et qualitate cardinalium"; cf. B. Hübler, "Die Konstanzer Reformation und die Konkordate von 1418", Leipzig, 1867, 128). El mismo número fue solicitado por el Concilio de Basle en 1436 en (Sess. XXIII, c. iv, "De numero et qualitate cardinalium", en Hardouin, "Acta Conc.", Paris, 1714, VIII, 1206 ss.). En 1555 se logró un acuerdo entre Pablo IV y los cardenales, por el que su número quedó fijo en 40, pero ese acuerdo jamás fue cumplido. Por otra parte, Sixto V, por medio de sus aún válidas constituciones "Postquam verus" del 3 de diciembre de 1586 (# 4), y "Religiosa sanctorum", del 13 de abril de 1587, cerró el número de cardenales en setenta: seis cardenales obispos, 50 cardenales presbíteros y catorce cardenales diáconos, imitando a los setenta ancianos de Moisés, y dlaró nulo e inválido cualquier nombramiento que excediera ese número (Bullarium Rom., Turin, 1857, VIII, 810 ss., 833 ss.). De hecho, tales nombramientos no serían inválidos, y de hecho han sido realizados (Archiv. f. kathol. Kirchenrht, LXIX, 167 ss.). (Cfr. También la alocución consistorial de Pablo VI, en 1967, en que fijó el número en 120, y posteriormente la Constitución Apostólica "Universi Dominici Gregis, de Juan Pablo II, en 1996, reafirmó ese número, pero exclusivamente para cardenales eltores, N.T.).
IV. DIOCÉSIS CARDENALICIAS, TÍTULOS Y DIACONÍAS
Las actuales diócesis cardenalicias son : Ostia y Velletri, Porto y Santa Rufina, Albano, Frascati (Tusculum), Palestrina (Præneste) y Sabina. Los títulos cardenalicios son los siguientes (el texto original inglés conservó los siguientes nombres en italiano, por lo que pare mejor dejarlos en ese idioma, N.T.): S. Lorenzo in Lucina, S. Agnese fuori le mura, S. Agostino, S. Anastasia, SS. Andrea e Gregorio al Monte Celio, SS. XII Apostoli, S. Balbina, S. Bartolommeo all’Isola, S. Bernardo alle Terme, SS. Bonifacio ed Allessio, S. Calisto, S. Cæcilia, S. Clemente, S. Crisogono, S. Croce in Gerusalemme, S. Eusebio, S. Giovanni a Porta Latina, SS. Giovanni e Paolo, S. Girolamo degli Schiavoni, S. Lorenzo in Damaso, S. Lorenzo in Panisperna, SS. Marcellino e Pietro, S. Marcello, S. Marco, S. Maria degli Angeli, S. Maria della Pace, S. Maria della Scala, S. Maria della Vittoria, S. Maria del Popolo, S. Maria in Araceli, S. Maria in Cosmedin, S. Maria in Transpontina, S. Maria in Trastevere, S. Maria in Via, S. Maria sopra Minerva, S. Maria Nuova e S. Francesca Romana, SS. Nereo ed Achilleo, S. Onofrio, S. Pancrazio, S. Pietro in Montorio, S. Pietro in Vincoli, S. Prassede, S. Prisca, S. Pudenziana, SS. Quattro Coronati, SS. Quirico e Giulítta, S. Sabina, SS. Silvestro e Martino ai Monti, S. Silvestro in Capite, S. Sisto, S. Stefano al Monte Celio, S. Susanna, S. Tommaso in Parione, SS. Trinità al Monte Pincio, S. Vitale, SS. Gervasio e Protasio. Las diaconías cardenalicias son: S. Maria in Via Lata, S. Adriano al Foro Romano, S. Agata alla Suburra, S. Angelo in Pescheria, S. Cesareo in Palatio, SS. Cosma e Damiano, S. Eustachio, S. Giorgio in Velabro, S. Maria ad Martyres, S. Maria in Aquiro, S. Maria in Cosmedin, S. Maria in Dominica, S. Maria in Portico, S. Nicola in Carcere Tulliano, SS. Vito, Modesto e Crescenzio. Existen, empero, en total, setenta y cinco iglesias (6 + 53 + 16) disponibles para las tres órdenes de cardenales. (A lo largo de los años, y principalmente los papas de la última parte del siglo XX: Juan XXIII, Pablo VI y Juan Pablo II, han incrementado ese número considerablemente, N.T.). Como regla general, el número de cardenales suma menos de setenta (Ver N.T. al fin del capítulo IV, N.T.), y consuentemente siempre hay varias iglesias sin cardenal titular. (Cf. P. M. Baumgarten, "Der Papst, die Regierung und die Verwaltung der heiligen Kirche in Rom", Munich, 1905, 186 ss., de acuerdo a los datos proporcionados por "Gerarchia Cattolica", Roma, 1904.)
V. RELACIONES DE LOS CARDENALES CON LOS OBISPOS
De lo dicho arriba vemos que los cardenales, desde hace mucho tiempo, fueron asistentes del Papa en sus funciones litúrgicas, en el servicio a los pobres, en la administración de las finanzas papales, y en la discusión sinodal de asuntos importantes. Sin embargo, luego del dreto "In nomine Domini", de Nicolás II (1059), en el que se reglamentaban las elciones papales, los cardenales adquirieron mucha mayor importancia. Según dicho documento, la elección del Papa y la administración de los asuntos de la Iglesia durante la vacante de la Sede Apostólica en gran medida cayeron en sus manos. Y luego de los Dretales de Alejandro III, "Licet de vitanda", y del III Concilio Lateranense(1179), esas funciones pasaron a ser exclusivas de ellos (El Papa Juan Pablo II emitió la última reglamentación a ese respto, a través de la Constitución Apostólica "Universi Dominici Gregis", en 1996. La elección de su sucesor, Benedicto XVI, 2005, se realizó de acuerdo a dicha ordenanza. N.T.). La importancia cada vez mayor del clero "regional" y "palatino", a partir de la mitad del siglo XII, paralela a la desaparición de los jues palatinos, fue un detonador de la ampliación de la participación de los cardenales en la administración de la justicia papal y de sus finanzas, así como de los territorios de la Santa Sede y de la Iglesia. Podemos añadir a eso que, con la terminación de los viajes papales a los diferentres países del cristianismo y de los sínodos romanos presididos por el Papa, los cardenales llegaron a ser los únicos consejeros y legados de los papas. De ahí que sus funciones eran equivalentes a las del sínodo permanente y de los "syncelli" de Constantinopla (Sägmüller, "Die Tätigkeit und Stellung der Kardinäle bis Papst Bonifaz VIII", Friburgo, 1896, 16 ss., 208 ss.; S. Keller, "Die sieben römischen Pfalzrichter im byzantinischen Zeitalter", Stuttgart, 1904).
El sitio y la ocasión de estas múltiples actividades de los cardenales fue el consistorio, o sea, la reunión de los cardenales y el Papa. En él se tratan generalmente custiones de fe e importantes temas de disciplina: disiones dogmáticas, canonizaciones, aprobación de las reglas de nuevas órdenes, asuntos de la antigua Inquisición (hoy día, Congregación para la Doctrina de la Fe, N.T.) y de las universidades, indulgencias para la Iglesia universal, modificaciones de las reglas para la elección papal, convocatoria para concilios generales, así como el nombramiento de misiones de legados y vicarios apostólicos. Además, en el consistorio se trataban toda clase de asuntos relativos a las diócesis y a los obispos, las así llamadas "causae majores par excellence". Entre ellas destacaban la creación, transferencia, división, reunión y supresión de diócesis, el nombramiento y confirmación de obispos, así como su transferencia, renuncia, cesión, suspensión, deposición y degradación. Fue en los consistorios donde se otorgaron a los monasterios tantos privilegios que los colocan fuera de la jurisdicción episcopal y bajo la del Papa. Fruentemente tenía lugar en ellos la confirmación de los abades y abadesas de los monasterios exentos. Antes del consistorio se trataban los asuntos importantes que surgían en relación con las propiedades de la Iglesia romana (bona clesiae romanae), los feudos papales, las cruzadas y asuntos políticos graves como la solución de elciones reales en disputa, la aprobación de reyes rién eltos y la deposición de príncipes. En las reuniones del consistorio, el cual sesionaba semanalmente en la Edad Media, los cardenales también ayudaban al Papa en la solución de una enormidad de denuncias penales. Por último, los cardenales también fueron puestos al frente de varias de las grandes oficinas de la Iglesia: en la cancillería se ubicó a un cardenal canciller, o mejor a un vice canciller; en la administración de los ingresos papales, a un cardenal camarlengo; en la dirción de la penitenciaría, a un cardenal penitenciario. Los cardenales eran igualmente grandes inquisidores y "rtores" de los estados papales. Otros eran enviados al extranjero como cardenales legados; otros, actuaban como prottores de naciones y órdenes religiosas(Sägmüller, Die Tätigkeit und Stellung der Kardinäle, 46 ss).
Dada la posición del Papa y su íntima relación con los cardenales en forma individual, y al Colegio Cardenalico como tal, en ceremonias papales, elciones papales, sínodos, consistorios, negociaciones diplomáticas, etc., es fácil entender porqué los cardenales, incluidos los presbíteros y diáconos, llegaron a tener mayor rango que los obispos y arzobispos, y, a partir del siglo XIC, incluso que los patriarcas, así como en Constantinopla los syncelli llegaron a superar a los obispos y arzobispos. Esta preeminencia fue el fruto de un lento y disparejo desarrollo. Los cardenales obispos fueron los primerios en superar en rango a otros obispos, después a los arzobispos y finalmente a los patriarcas. Pero como los cardenales formaban un colegio, y todos los miembros del colegio participaban igualmente de sus derechos, los cardenales presbíteros y los cardenales diáconos obtuvieron el mismo rango que los cardenales obispos, con el consentimiento de estos últimos. En la Edad Media se argumentó a ves que los cardenales eran tan sucesores de los Apóstoles como los obispos y que su autoridad tenía origen divino. Se argumentó a favor de esta tesis citando el grupo de setenta ancianos de Moisés y Deuteronomio 17,8 ss., además de otros textos. León X, en su bula "Supernae", del 5 de mayo de 1514, dlaró que el colegio cardenalicio estaba en el rango inmediatamente inferior al Papa y que debía anteder a todos los demás en la Iglesia (Bullar. Rom., V, 694 ss.). Claramente se indicó el rango superior de los cardenales cuando, luego de Alejandro III, los obispos y arzobispos se convirtieron en cardenales presbíteros y, aunque menos fruentemente, en cardenales diáconos (Sägmüller, Die Tätigkeit und Stellung der Kardinäle, 193 ss.). Los cardenales estaban en el mismo nivel que los reyes y emperadores, a quienes llamaban "hermanos", por ejemplo, el cardenal legado Rolando, en la Dieta de Besançon, en 1157. Fue por tanto natural que finalmente el nombre de cardenal, que para la tardía Edad Media era utilizado por los principales eclesiásticos de las iglesias más importantes, se debiera reservar para los cardenales romanos. Se dice que Pio V emitió un dreto en este sentido el 17 de febrero de 1567. Nunca hubo "cardenales por nacimiento" (cardinales nati), o sea, ningún otro oficio implicaba elevación automática a la dignidad de cardenal.
VI. RELACIONES DE LOS CARDENALES CON EL PAPA.
En la Edad Media los cardenales intentaron más de una vez tener sobre el Papa la misma preeminencia de la que gozaban permanentemente sobre el episcopado. En otras palabras, intentaron convertir la forma monárquica de gobierno en una aristocracia. Esto fue el resultado de la costumbre papal de no tomar ninguna disión importante sin tomar el consejo o consentimiento de los cardenales (de fratrum nostrorum consilio, de fratrum nostrorum consensu), y de las dlaraciones papales en el sentido de que no podían actuar de otro modo. La conclusión que consuentemente sacaban los canonistas, o los enemigos de los papas, era que éstos estaban obligados a gobernar de ese modo. Esto, además, se seguía del concepto entonces vigente de las corporaciones. Dicho concepto se aplicaba al Papa y a los cardenales al igual que a los obispos con sus capítulos; a la clesia Romana y a cualquier otra iglesia catedral. Fue por eso que, durante los cónclaves, que con fruencia duraban largo tiempo, los cardenales buscaban a ves obligar al Papa por medio de las "capitulaciones de elección" (Cfr. CAPITULACIONES), paridas a las obligaciones que sus capítulos les imponían a los nuevos obispos. También se oponían a la elección de nuevos cardenales; se aliaban (al menos en forma individual) con las fuerzas sulares en contra del Papa; sostenían que el Papa no podía abdicar sin su consentimiento, e incluso que ellos podían deponerlo, al menos convocando un concilio con ese objeto, como de hecho lo hicieron en Pisa en 1409 para poner fin al Cisma de Occidente. El Concilio de Basle dretó que era obligación de los cardenales, primero individualmente, luego como colegio, amonestar al Papa que no cumpliera sus obligaciones, o que actuara en forma indigna de su alta investidura (Hardouin, Acta Conc. VIII, 1208). Las primeras "capitulaciones de elección" se redactaron en el cónclave de 1352, y se repitieron en varias ocasiones, en espial durante el Cisma de Occidente, cuando los cardenales eltores estaban motivados a obligar al futuro Papa a que hiciera todo lo posible para extinguir el cisma. Finalmente, Inocencio XII prohibió tales arreglos previos con la Constitución "clesiae Catholicae" del 22 de septiembre de 1695. Ante tales actitudes de los cardenales, algunos papas se comportaron cautelosa y conciliatoriamente, y se les podría llamar "papas parlamentarios", como Clemente VI. Otros, por el contrario, como Bonifacio VIII, resistieron justamente con mucha fuerza. (Cf. Sägmüller, "Zur Geschichte des Kardinalats. Ein Traktat des Bischofs von Feltre und Treviso, Teodoro de’ Lelli, über das Verhältniss von Primat und Kardinalat" (Roma, 1893); Idem, "Die Tätigkeit und Stellung der Kardinäle", 215 ss.; M. Souchon, "Die Papstwahlen von Bonifaz VIII bis Urban VI, und die Entstehung des Schismas 1378" (Brunswick, 1888); Idem, "Die Papstwahlen in der Zeit des grossen Schismas" (ibid., 1898); Wenck, "Göttingische gelehrte Anzeigen" (1900), 139 ss; Sägmüller, "Zur Tätigkeit und Stellung der Kardinäle bis Bonifaz VIII", "Die oligarchischen Tendenzen der Kardinalkollege bis Bonifaz VIII", "Zur Tätigkeit und Stellung der Kardinäle bis Papst Bonifaz VIII" en "Tübingen theolog Quartalschrift", LXXX (1898), 596 sqq., LXXXIII (1901), 45 ss., LXXXVIII (1906), 595 ss.; también N. Valois, "La France et le grand schisme d’Occident" (Paris, 1902), and J. Haller, "Papsttum und Kirchenreform" (Berlin, 1903 ss.).
VII. NOMBRAMIENTO DE LOS CARDENALES
El Papa siempre ha sido, y continúa siendo, libre para elegir a los cardenales. Durante el Medievo, según cuenta detalladamente el Cardenal Giacomo Gaetani Stefaneschi en su "Ordo Romanus XIV" (c. CXVI, ss.), una obra de los inicios del siglo XIV, el Papa acostumbraba preguntar a los cardenales su opinión sobre los posibles nuevos miembros del colegio, pero, a fin de cuentas, él didía libremente (Mabillon, "Museum Italicum", II, 424 ss.; J. Kästers, "Studien zu Mabillons römischen Ordines", Münster, 1905, 65 ss.). Las ya mencionadas "capitulaciones de elección" y el Concilio de Basle exigían que la elección de los cardenales debía depender del consenso del colegio(Hardouin, Acta Conc., VIII, 1207). Según las demandas de los concilios reformistas (Constancia, Basle), y los dretos del Concilio de Trento (Ses. XXIV, De ref., c. I), en el colegio debería haber representantes de todas las naciones cristianas. Sixto V dretó, siguiendo los deseos de los concilios reformistas, que el colegio debería incluir, sobre todo, a d
Cardenal de York
(Enrique Benedicto Maria Clemente Estuardo)
Cardenal, Duque de York, conocido por los jacobitas como "Enrique IX, Rey de Gran Bretaña, Francia e Irlanda"; nacido en Roma el 11 de Marzo de 1725; fallido en Frascati el 13 de Julio de 1807. Fue el segundo hijo de James Francis Edward Stuart, el Caballero de San Jorge, y de Clementina, hija del príncipe James Sobieski. En 1745, cuando las esperanzas de una restauración de los Estuardo eran altas, visitó Francia, esperando embarcarse con tropas francesas para ayudar a su hermano Charles Edward. Habiendo pasado varios meses en Dunquerque sin resultados, volvió a Roma con la intención de entrar al estado lesiástico. En 1747, a la edad de veintidós años, fue hecho cardenal, y durante el año siguiente ribió las Ordenes Sagradas, siendo ordenado sacerdote el 1 de Septiembre. Inmediatamente fue hecho arcipreste de la Basílica Vaticana y poco después cardenal camarlengo.
En Noviembre de 1759, fue consagrado arzobispo titular de Corinto y el 13 de Julio de 1761, llegó a ser cardenal-obispo de Frascati. Siendo sinceramente devoto y activo, probó ser un administrador celoso de su sede, reformando al clero y fundando un seminario que dotó con una magnifica bibliota. En la Revolución Francesa perdió sus beneficios franceses, sacrificó muchos otros rursos para ayudar al Papa y finalmente fue reducido a la pobreza por la confiscación de su propiedad en Frascati por los franceses. Viejo y enfermo, huyó a Padua y de allí a Venia. El rey Jorge III vino entonces en su auxilio, ayudándole con una pensión vitalicia hasta que fue capaz de regresar a Frascati en 1800. A cambio de esta amabilidad el cardenal dejó en herencia al Príncipe de Gales, luego Jorge IV, las joyas de la corona de Jacobo II. En Septiembre de 1803, llegó a ser obispo de Ostia y Velletri y Deán del Sacro Colegio, aunque aun residiendo en Frascati. A su muerte, los papeles que poseía de los Estuardo fueron comprados por Jorge IV para la Bibliota Real, y otros están ahora en el Museo Británico. Hay tres retratos de él en la National Portrait Gallery, en Londres, y uno en Blairs College, Aberdeen (Escocia). El cardenal fue sepultado en San Pedro, en Roma, donde el monumento de Canova preserva su ruerdo.
VAUGHAN, The Last of the Royal Stuarts (London, 1906); KELLY, Life of Henry Benedict Stuart, Cardinal Duke of York (London, 1899); WISEMAN, Rolltions of the Last Four Popes (London, 1858); JESSE, The Pretenders and their Adherents (London, 1845) MASTROFINI, Orazione per la morte di Enrico Cardinale Duca de York (Rome, 1807); HENDERSON in Dict. Nat. Biog., s. v. Henry Benedict Maria Clement; GILLOW, Bibl. Dict. Eng. Cath., s. v. Stuart, Henry Benedict Maria Clement.
EDWIN BURTON
Transcrito por Dennis McCarthy
Para los Estuardo
Traducido por Eduardo Torres
Guarda este contenido en tu perfil
Inicia sesión o crea tu cuenta para guardarlo.