Agrippinus
Obispo de Cartago a fines del Siglo II, y principios del Siglo III. Durante su episcopado emergió la cuestión de la Iglesia Africana, sobre lo que se debía hacer con quienes se habían convertido desde los esquemismos o herejías.
Si ellos habían sido antes católicos, la disciplina lesiástica les hacía tener penitencia. Pero si se trataba de personas que habían sido previamente bautizadas fuera de la iglesia, ¿cómo se consideraba ese bautizo, válido? Agrippinus convocó a los obispos de Numidia y Africa al Primer Concilio de Africa (probablemente del 215-217) el cual resolvió esas preguntas negativamente.
Consuentemente nuestro personaje didió que las personas debían ser bautizadas no de manera condicional, sino en términos absolutos. Los herejes, argumentó, no tienen la posesión de la verdadera fe; ellos no se pueden absolver del pado; el agua con que han realizado sus bautizos no limpia de pado. Esas razones parían fortaler la conclusión a la que había llegado, pero no era la costumbre en Roma. El punto realmente no se había planteado de manera definitiva, mucho menos resuelto.
No obstante, asumiendo buena fe, Agrippinus y otros no estaban excluidos de la unidad de la Iglesia. Casi quinientos años más tarde, San Cipriano habló de la buena reputación de Agrippinus (bonae memoriae vir); y San Agustín en un escrito que elaboró contra los donatistas, defiende a nuestro personaje y Cipriano, demostrando que por error, ellos no habían roto la unidad de la Iglesia.
BAREILLE in Dict. De théol. Cath., I, 637, 638;BENSON in Dict. Christ. Biog., I, 65; HEFELE, Conciliengesch., 2d ed., I, 104-125.
JOHN J. A’ BKET
Transcripción de Michael Christensen
Traducción al castellano de Giovanni E. Reyes
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