Secularización
Son varias las acepciones de esta palabra. Por un lado, puede referirse al retorno al ámbito temporal de aquello que, por razones históricas, había estado sometido al religioso.
Se aplica también a la transformación de bienes eclesiásticos a civiles, bien por acuerdo previo o por medidas de incautación como las que tuvieron lugar en España durante la desamortización.
Con más frecuencia viene a referirse al acto por el que un religioso abandona su orden, con autorización de la Santa Sede, para convertirse en clérigo secular (si es presbítero) o adquirir la condición de laico. Actualmente, en estos casos, se utiliza la expresión de «reducción al estado laical».
Guarda este contenido en tu perfil
Inicia sesión o crea tu cuenta para guardarlo.