Presbítero
Es el varón que, en virtud de un acto sacramental, llamado ordenación, conferido por el obispo, adquiere con carácter permanente e indeleble el grado de participación ministerial en el sacerdocio de Cristo.
Los presbíteros aunque no tienen la plenitud del sacerdocio, reservada a los obispos, están unidos a éstos y quedan consagrados como verdaderos sacerdotes de la Nueva Alianza, a imagen de Cristo, sumo y eterno Sacerdote.
En virtud del Sacramento participan de la universalidad de la misión conferida a los Apóstoles, y ejercen su verdadera función sagrada, de manera especial en el culto y en la comunión eucarística. Además, el sacerdote está facultado para perdonar los pecados en el Sacramento de la Penitencia; es también ministro ordinario en los sacramentos del Bautismo y Unción de los enfermos, y ministro extraordinario del sacramento de la Confirmación.
Los presbíteros son colaboradores diligentes de los obispos y ayuda e instrumento suyos, para servir al pueblo de Dios, formando un único presbiterio con su obispo, al que están vinculados por promesa de obediencia y dependen de él en el ejercicio de sus funciones pastorales, tanto en las comunidades parroquiales que tengan a su cargo, como en otras funciones eclesiales que les sean encomendadas.
Sólo pueden ser ordenados presbíteros los varones que, previamente, hayan recibido el grado del diaconado. El ministro de la ordenación es el obispo y se realiza mediante la imposición de manos y una oración consecratoria. Existen, además, otros ritos complementarios como la postración, la entrega del cáliz o la imposición de manos de otros sacerdotes presentes en señal de comunión con el obispo.
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