Prelado personal
Es el clérigo al frente de una prelatura personal, a la que gobierna y ejerce potestad de jurisdicción sobre la misma. Al ser las prelaturas personales una figura jurídica recientemente introducida no existe una praxis suficiente en relación con las mismas, por lo que, aunque hasta el momento el prelado personal era consagrado obispo, no necesariamente debe ocurrir así en el futuro, aunque sería razonable dadas las características de su oficio que, como en el caso de las prelaturas territoriales, es de naturaleza episcopal o cuasiepiscopal.
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