Pena latae sententiae
Entre las penas que la Iglesia puede imponer a los fieles por la comisión de determinados actos, se conoce con el nombre de pena latae sententiae a aquellas en las que incurre ipso facto el que comete determinados actos, cuando la ley o el precepto así lo establecen, sin necesidad de que, a diferencia de las penas ferenda sententiae, les sea impuesta expresamente.
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