Misa plurintencional
Es aquella que, de acuerdo con lo dispuesto por la Sagrada Congregación del Clero en su Decreto Mos iugiter de 22 de febrero de 1991, un sacerdote puede celebrar una misa por las intenciones de varios fieles, percibiendo los correspondientes estipendios.
Sin embargo, estas misas plurintencionales tienen que cumplir una serie de requisitos. Entre ellos, que los fieles que las han encargado tengan conocimiento de ello y lo acepten; que el sacerdote retenga únicamente el estipendio fijado por la diócesis para una celebración, entregando los restantes al Ordinario para los fines establecidos; y que este tipo de misas no se celebren más que dos veces por semana.
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