Estipendio
Es la cantidad que dan los fieles al sacerdote para que aplique la celebración de la Santa Misa por una determinada intención.
Su uso se introdujo a partir del siglo VIII y vino a sustituir a las ofrendas que hacían los fieles en el transcurso de la celebración eucarística. Esta práctica fue muy criticada por las iglesias protestantes aduciendo, entre otras razones, que ofrecía la imagen de una actividad mercantil en la que se fijaba un precio o compensación a la Misa.
Sin embargo, la Iglesia ha defendido la existencia de esta costumbre basándose en sólidas razones y, de hecho, se ha mantenido tras las últimas reformas litúrgicas.
El actual Código de Derecho Canónico le dedica un capítulo en su Libro IV en el que señala que el fin del estipendio que los fieles ofrecen es contribuir al bien de la Iglesia, contribuyendo, además, con esa ofrenda particular a sustentar a sus ministros y actividades.
Todo sacerdote que celebra o concelebra la Santa Misa puede percibir un estipendio cuya cuantía debe ser fijada por los obispos de la provincia eclesiática. Si celebra más de una Misa al día, puede recibir el correspondiente estipendio por cada una de ellas, y aplicarlas por las intenciones solicitadas, pero únicamente puede quedarse con el de una de ellas, destinando los demás a los fines que establezca el Ordinario del lugar. En cambio si concelebra más de una vez, sólo puede percibir el estipendio correspondiente a una de ellas.
El Código establece, asimismo, que en todas las iglesias haya un libro registro del número de Misas que se han de celebrar, donde se anoten las intenciones por las que se han de aplicar, el estipendio ofrecido y el cumplimiento del encargo. El Ordinario debe revisar esos libros una vez al año, personalmente o encargando este cometido a otras personas.
Anteriormente, cada Misa sólo podía ser aplicada a las intenciones de una persona. Ahora, es posible celebrar las llamadas Misas plurintencionales atendiendo la solicitud de varias personas. Sin embargo, se establecen las siguientes limitaciones: Que sea aceptado por quienes las encargan; que el sacerdote retenga un solo estipendio, entregando los restantes al Ordinario para los fines que se establezcan y que esta práctica no se lleve a cabo únicamente dos veces por semana en cada lugar de culto.
No se puede aplicar por intenciones particulares la Misa que el párroco celebra los domingos y días festivos, ya que, entre las obligaciones que el Código señala para los párrocos, está la de aplicar esta Misa por el pueblo que le ha sido confiado; de ahí el nombre de Misa pro populo. No obstante, si el párroco estuviera al frente de varias parroquias, cumple esa obligación aplicando una sola Misa.
Al margen de lo regulado, en la actualidad se han ido introduciendo otras costumbres como la que se practica en algunas parroquias de reunir todos los estipendios en un fondo común destinado a los fines de la misma.
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