Dote
Al igual que ocurría en los matrimonios, en los que la esposa debía aportar una cantidad en metálico o bienes raíces, quienes profesaban en un monasterio también debían hacerlo, aunque el importe de la dote era inferior.
La justificación de esta práctica estaba relacionada con el concepto de matrimonio espiritual con Cristo y tenía el mismo fin, garantizar la manutención de la nueva religiosa, por lo que los bienes entregados no podían ser enajenados, aunque sí prestados con interés, a través de personas encargadas de ello. En todo caso, la religiosa renunciaba a su propiedad en favor del convento.
Hay que recordar que el concilio de Trento ya había establecido que no se fundaran monasterios sin proveerlos de las rentas suficientes para mantener a las religiosas que en ellos profesaran.
Junto a la dote monetaria, los padres debían entregar también el ajuar y las llamadas «pensiones». El importe de las dotes fue objeto de regulación por parte de los monarcas españoles, siendo diferente para las religiosas «de coro» y para las legas.
La cuestión de las dotes siempre fue objeto de controversia, al menos hasta que se reguló, dado que si constituía una exigencia imprescindible podía entenderse como una forma de simonía.
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