Derecho de asilo
Toda persona que se acogía a lugar sagrado quedaba bajo la protección de la Iglesia y no podía ser aprehendida por la autoridad civil sin autorización expresa. Sin embargo, algunos delitos quedaban excluidos como el asesinato con alevosía.
Por lugar sagrado se entendían los templos y, también, el terreno anexo, que en ocasiones se delimitaba con pilares de piedra enlazados por cadenas. Aún pueden verse rodeando algunas catedrales como ocurre en Sevilla.
Con frecuencia daba lugar a graves abusos, pues no era raro que los delincuentes comunes utilizaran los templos como refugio desde el que salían para cometer sus fechorías. Como las autoridades no podían prenderlos, en algunas localidades se llegaron a establecer guardias para impedir que los refugiados salieran.
Poco a poco, se fue limitando este derecho y Felipe V alcanzó un compromiso por el que quedó restringido a determinados lugares en los que una placa en la fachada lo reconocía. Como muchos otros privilegios, desapareció en España y en otros países a lo largo del siglo XIX.
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