Constitución Apostólica
Entre los documentos emanados de la Sede Apostólica, es el de mayor rango y, a través del mismo, es como el Papa ejerce la plenitud de su autoridad y magisterio.
Dirigidas a la Iglesia Universal pueden tratar de asuntos doctrinales, disciplinarios o administrativos. Así, la definición de un dogma o la erección de una nueva diócesis se efectúan mediante una Constitución Apostólica.
En cuanto a su forma, se elaboran como Bulas, validadas con el sello en tinta roja que ha sustituido al antiguo sello de plomo, reservado para ciertos documentos.
Una Constitución a la que en esta obra se hace constante referencia es la Pastor Bonus, por la que el Papa San Juan Pablo II, reformó la Curia Romana. Por su parte, la definición dogmática del misterio de la Inmaculada Concepción se hizo mediante la Constitución Apostólica Ineffabilis Deus, promulgada por el Papa Pío IX el 8 de diciembre de 1854. Pío XII proclamó el dogma de la Inmaculada Concepción mediante la Constitución Apostólica Munificentissimus Deus, de 1 de noviembre de 1950.
También se da este nombre a la obra del siglo IV, recopilada por Clemente de Roma, en la que se reúne en ocho volúmenes una serie de normas, supuestamente dictadas por los apóstoles. Los seis primeros libros llevan el nombre de Didascalia apostolorum y el séptimo el de Didaché, mientras que el último contiene usos litúrgicos posteriores.
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