Consagración
Existen varias acepciones para esta palabra. La primera de ellas hace referencia al momento central y principal de la Eucaristía en el que se verifica la conversión de la sustancia del pan y el vino, en el Cuerpo y la Sangre de Jesucristo, tras pronunciar el celebrante la fórmula consacratoria y en virtud de la transubstanciación.
Pero también se refiere al acto litúrgico por el que se destina al culto divino una cosa profana que, en virtud del mismo, adquiere carácter sagrado que mantiene hasta ser desacralizada.
Son objeto de consagración los vasos sagrados, las campanas, los altares y los templos. En este último caso se habla de «dedicación». La consagración debe ser efectuada por el obispo, de acuerdo con el rito establecido y utilizando el Santo Óleo o el crisma.
Como señal de consagración de un templo se colocaban en sus paredes doce cruces y no pierde su condición salvo en caso de destrucción total o parcial del mismo. Lo mismo ocurre con el altar que, en el caso de que fuera destruido o removido, algo frecuente en las rehabilitaciones de iglesias, debe volver a ser consagrado. Sin embargo, cuando un templo es profanado, no vuelve a ser consagrado, sino reconciliado.
El resto de objetos sagrados son bendecidos, lo que puede realizar cualquier sacerdote, utilizando agua bendita.
También se utiliza el término de consagración para el rito por el que los obispos son constituidos como pastores de la Iglesia, recibiendo junto a la función de santificar, las de enseñar y regir; en definitiva la plenitud del Sacramento del Orden.
La consagración de todo obispo la realiza el Papa, aunque lo habitual es que lo haga en su nombre un obispo en quien delega, por medio de la correspondiente bula, y que actúa como ministro consagrante, asistido por otros dos obispos. Aunque este número es el prescrito, lo normal es que en una ceremonia de tanta relevancia estén presentes otros muchos.
Se habla también de consagración en el caso de vírgenes, bien sean religiosas o laicas, aunque en el ritual en vigor aprobado en 1970, no se utilice el crisma. Cuando se trata de religiosas se suele unir en el mismo acto el de su profesión perpetua. En uno y otro caso el ministro ordinario es el obispo quien, tras el escrutinio, pronuncia la oración de consagración y les hace entrega del anillo, símbolo de su sagrado desposorio con Cristo y, en su caso, del velo.
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