Conciliarismo
Es la doctrina que defiende la supremacía de las decisiones de un concilio ecuménico por encima incluso de la autoridad del Papa que, de hecho, se convierte en mero ejecutor de lo acordado.
Surgida en momentos especialmente difíciles para la historia de la Iglesia, como fue el Cisma de Occidente, el hecho de que se dejara a un concilio como el de Constanza la resolución de tan grave problema, hizo posible el desarrollo de esa teoría, en virtud de la cual el concilio recibe la potestad directamente de Cristo y sus decisiones deben acatarlas todos los fieles, incluido el Sumo Pontífice.
Aunque rechazada incluso por el Papa elegido por ese concilio, llegó a ser definida como verdad de fe por el concilio de Basilea, aunque el V Concilio de Letrán, convocado inmediatamente después, estableció que la tesis era contraria a la doctrina de la Iglesia.
Volvió a resurgir en el siglo XVIII, siendo objeto de nuevas condenas, entre ellas la del Concilio Vaticano I y sigue latente en un sector de la Iglesia, hasta el punto de que algunos calificaron de tibia en esta cuestión, a la constitución Lumen Gentium del Concilio Vaticano II, aunque el Papa San Pablo VI mandó incorporar una nota explicativa previa a la misma, que viene a reafirmar la doctrina sobre el primado del Papa, impidiendo toda interpretación conciliarista de las enseñanzas del Concilio Vaticano II, especialmente en las referidas a la colegialidad episcopal.
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