Abad comendatario
Es el encargado de supervisar la economía de una abadía, aunque sin intervenir en la disciplina interna de la misma.
El origen de esta institución arranca en el siglo VI cuando comenzaron a encargarse de la administración de las abadías vacantes algunas personas que, en cierta medida, aseguraban la continuidad de la marcha de los asuntos temporales de dichos establecimientos religiosos.
La injerencia del poder civil llegó al extremo de lograr que esta misión recayera en laicos, vasallos distinguidos de los monarcas que, de esta forma, veían recompensados sus servicios. Lógicamente, tras las guerras de las investiduras, cuando los Papas recuperaron el control, vetaron el nombramiento de laicos pero, sin embargo, siguieron utilizando la fórmula de nombrar abades comendatarios entre clérigos allegados.
La práctica se mantuvo hasta el siglo XIX y aún ha quedado, como reliquia del pasado, en algunos cardenales. Ese fue el caso de San Pío X que, mientras fue cardenal, era abad comendatario del monasterio benedictino de Subiaco.
Un abad comendatario en monasterio vacante suele tener todos los derechos y privilegios de un abad verdadero. Si no lo es, habitualmente su poder afecta, exclusivamente, a los asuntos temporales.
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