can. 89
El párroco y los demás presbíteros o los diáconos pueden dispensar de la ley universal y particular tan sólo si esta potestad les ha sido concedida expresamente.
Parochus aliique presbyteri aut diaconi a lege universali et particulari dispensare non valent, nisi haec potestas ipsis expresse concessa sit.
Codex Iuris Canonici (1983)
Código de Derecho Canónico (1983)
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