can. 75
Si el rescripto contiene un privilegio o una dispensa, deben observase además las prescripciones de los cánones que siguen.
Si rescriptum contineat privilegium vel dispensationem, serventur insuper praescripta canonum qui sequuntur.
Codex Iuris Canonici (1983)
Código de Derecho Canónico (1983)
Guarda este contenido en tu perfil
Inicia sesión o crea tu cuenta para guardarlo.