can. 698
En todos los casos de los que se trata en los cann. 695 y 696, queda siempre firme el derecho del miembro a dirigirse al Superior general y a presentar a éste directamente su defensa.
In omnibus casibus, de quibus in cann. 695 et 696, firmum semper manet ius sodalis cum supremo Moderatore communicandi et iii directe suas defensiones exhibendi.
Codex Iuris Canonici (1983)
Código de Derecho Canónico (1983)
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