can. 532
El párroco representa a la parroquia en todos los negocios jurídicos, conforme a la norma del derecho; debe cuidar de que los bienes de la parroquia se administren de acuerdo con la norma de los cánones 1281
-1288.
In omnibus negotiis iuridicis parochus personam gerit paroeciae, ad normam iuris curet ut bona paroeciae administrentur ad normam cann. 1281-1288.
Codex Iuris Canonici (1983)
Código de Derecho Canónico (1983)
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