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En el cumplimiento de sus tareas propias, todos deben obedecer al rector, a quien compete la dirección inmediata del seminario, de acuerdo siempre con el Plan de formación sacerdotal y con el reglamento del seminario.
Rectori, cuius est cotidianum moderamen curare seminarii, ad normam quidem institutionis sacerdotalis Rationis ac seminarii ordinationis, omnes in propriis muneribus adimplendis obtemperare debent.
Codex Iuris Canonici (1983)
Código de Derecho Canónico (1983)
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