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El trabajo es un bien de todos, que debe estar disponible para todos aquellos capaces de él. La « plena ocupación » es, por tanto, un objetivo obligado para todo ordenamiento económico orientado a la justicia y al bien común. Una sociedad donde el derecho al trabajo sea anulado o sistemáticamente negado y donde las medidas de política económica no permitan a los trabajadores alcanzar niveles satisfactorios de ocupación, « no puede conseguir su legitimación ética ni la justa paz social ». 625 Una función importante y, por ello, una responsabilidad específica y grave, tienen en este ámbito los « empresarios indirectos »,626 es decir aquellos sujetos –personas o instituciones de diverso tipo– que son capaces de orientar, a nivel nacional o internacional, la política del trabajo y de la economía.
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