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La castidad «debe calificar a las personas según los diferentes estados de vida: a unas, en la virginidad o en el celibato consagrado, manera eminente de dedicarse más fácilmente a Dios solo con corazón indiviso; a otras, de la manera que determina para ellas la ley moral, según sean casadas o celibatarias» (CDF, decl. «Persona humana» 11). Las personas casadas son llamadas a vivir la castidad conyugal; las otras practican la castidad en la continencia.
Existen tres formas de la virtud de la castidad: una de los esposos, otra de las viudas, la tercera de la virginidad. No alabamos a una con exclusión de las otras. En esto la disciplina de la Iglesia es rica (S. Ambrosio, vid. 23).CCE Catechismus Catholicae Ecclesiae ®.
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