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La confesión de los pecados hecha al sacerdote constituye una parte esencial del sacramento de la penitencia: «En la confesión, los penitentes deben enumerar todos los pecados mortales de que tienen conciencia tras haberse examinado seriamente, incluso si estos pecados son muy secretos y si han sido cometidos solamente contra los dos últimos mandamientos del Decálogo» (cf Ex 20:17; Mt 5:28), «pues, a veces, estos pecados hieren más gravemente el alma y son más peligrosos que los que han sido cometidos a la vista de todos» (Cc. de Trento: DS 1680):
Cuando los fieles de Cristo se esfuerzan por confesar todos los pecados que recuerdan, no se puede dudar que están presentando ante la misericordia divina para su perdón todos los pecados que han cometido. Quienes actúan de otro modo y callan conscientemente algunos pecados, no están presentando ante la bondad divina nada que pueda ser perdonado por mediación del sacerdote. Porque `si el enfermo se avergüenza de descubrir su llaga al médico, la medicina no cura lo que ignora' (S. Jerónimo, Eccl. 10,11) (Cc. de Trento: DS 1680).CCE Catechismus Catholicae Ecclesiae ®.
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