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La palabra «Liturgia» en el Nuevo Testamento es empleada para designar no solamente la celebración del culto divino (cf Hch 13:2; Lc 1:23), sino también el anuncio del Evangelio (cf. Rm 15:16; Flp 2:14-17. 30) y la caridad en acto (cf Rm 15:27; 2Co 9:12; Flp 2:25). En todas estas situaciones se trata del servicio de Dios y de los hombres. En la celebración litúrgica, la Iglesia es servidora, a imagen de su Señor, el único «Liturgo» (cf Hab 8:2
y 6), del cual ella participa en su sacerdocio, es decir, en el culto, anuncio y servicio de la caridad: Con razón se considera la liturgia como el ejercicio de la función sacerdotal de Jesucristo en la que, mediante signos sensibles, se significa y se realiza, según el modo propio de cada uno, la santificación del hombre y, así, el Cuerpo místico de Cristo, esto es, la Cabeza y sus miembros, ejerce el culto público. Por ello, toda celebración litúrgica, como obra de Cristo sacerdote y de su Cuerpo, que es la Iglesia, es acción sagrada por excelencia cuya eficacia, con el mismo título y en el mismo grado, no la iguala ninguna otra acción de la Iglesia (SC 7).CCE Catechismus Catholicae Ecclesiae ®.
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